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Evaluación general

Evaluación general

Surfrider Foundation Europe se muestra preocupada por la falta de autoridad de las instituciones internacionales y condena los inmorales actos de los «gamberros marinos».

Los barcos surcan mares y océanos del espacio internacional, pero cada estado es libre de firmar o no las cartas y convenios propuestos por la Organización Marítima Internacional (OMI), agencia especializada de la ONU que regula el uso de los mares y océanos.

Y los «contaminadores» se aprovechan de esa situación. Como los Estados no tienen ninguna obligación de adoptar las normas internacionales, los armadores y fletadores no hacen ningún esfuerzo por limitar sus vertidos.

Evidentemente, Surfrider no puede detener a estos contraventores de la noche a la mañana, pero hará uso de todas las herramientas jurídicas presentes y futuras para obligar a detener las agresiones perpetradas contra nuestros mares.

Países que han ratificado el convenio de la OMI (el 1 de junio de 2008)

Contaminación por substancias tóxicas: Convenio MARPOL Anexo III

Contaminación por desechos de los navíos: Convenio MARPOL Anexo V

Inmersión de los desechos: Protocolo del Convenio de Londres de 1996

Contaminación por el transporte de substancias nocivas y peligrosas: Convenio HNS de 1996

Contaminación por hidrocarburos de los tanques de los barcos: Convenio de la OMI de 2001

Fondos de indemnización para las víctimas de los daños causados por la contaminación: Protocolo FUND de 2003

Contaminación por sistemas sanitarios : Convenio MARPOL Anexo IV

Contaminación del aire por los navios : Protocolo de 1997 

Prevención de contaminaciones por hidrocarburos : Protocolo OPRC HNS

Contaminación por pinturas anti-fouling de los navios : Convenio de l'OMI de 2001

Pollution par les eaux de ballast des navires : Convention de l'OMI de 2004